En este sentido, Guadalupe Taddei subrayó que el proyecto de acuerdo presentado ante el pleno es objetivo y es el resultado del trabajo de toda la estructura que conforma el Sistema Nacional de Elecciones. “Este acuerdo no es sólo de 11 consejerías, se debe al trabajo y compromiso de miles de servidores públicos electorales” y refleja la voluntad ciudadana, concluyó.
La interpretación sistemática de la fórmula de RP es inequívoca
El Consejero Uuc-kib Espadas Ancona -presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos-, afirmó que “la fórmula de asignación de la representación proporcional, su interpretación gramatical y funcional, pero muy especialmente en su interpretación sistemática, histórica y teleológica es inequívoca: donde la Constitución dice que el tope de sobrerrepresentación será de 8 % para cada partido, debe leerse que este tope es para cada partido y no para cada coalición”.
Espadas recalcó que el INE defiende la República arbitrando, no siendo parte de la disputa. “No puede un órgano obligadamente imparcial moldear sus decisiones en función de un resultado electoral particular independientemente de que ese resultado sea considerado adecuado o no por funcionarios o jueces electorales”.
El orden constitucional, argumentó, no es proporcionalista, “ya que no da al voto de cada candidatura el mismo peso más allá del día de la elección; sus resultados son injustos, sus disposiciones no son igualitarias; se trata de una Constitución autoritaria en la conformación de la representación parlamentaria; no es lo mejor para la diversidad política y social de este país, pero hoy es mandato constitucional”.
Consejo General no es un cuarto poder, sostiene Consejera De la Cruz
En su intervención, la Consejera Norma De la Cruz Magaña recordó que desde hace 17 años la ciudadanía está familiarizada con boletas electorales en las que los emblemas de los partidos que van en coalición aparecen por separado. “La ciudadanía es consciente que con su voto elige diputaciones y senadurías de mayoría relativa y, a su vez, elige la lista de representación proporcional del partido político al que le deposita su confianza”.
En este sentido, dejó en claro que quienes conforman el Consejo General no son un cuarto poder, “no tenemos facultad para distribuir curules y escaños con interpretaciones a modo. Pretender que 11 personas integrantes de una autoridad administrativa electoral podemos cambiar las reglas de sobrerrepresentación dadas por el pacto federal, implicaría revestirnos de una soberanía que no detentamos”.
Consejerías obligadas a aplicar lo que dice la Constitución
“La obligación que tenemos hoy todas y todos los consejeros que integramos este pleno, es aplicar la Constitución. Más allá de nuestras convicciones personales, nuestras simpatías, opiniones y críticas que pudiéramos hacer, estamos aquí para actuar conforme a lo que dicta nuestra Constitución y los principios que de ella emanan”, destacó la Consejera Carla Humphrey Jordan.
Las restricciones contenidas en las fracciones cuarta y quinta del artículo 54 constitucional, manifestó, que se refieren a que ningún partido político puede contar con más de 300 diputaciones por ambos principios o contar con un porcentaje de la Cámara que exceda en ocho puntos al porcentaje de la votación nacional emitida, deben ser leídas de forma estricta y limitada, es decir, “atendiendo la exactitud de la norma”, agregó.
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