SENADO

Ciudad de México. No existe hasta el momento protección contractual alguna para el comprador de bienes inmuebles en caso de pérdidas por terremotos o huracanes y la legislación respectiva tampoco contempla este recurso, concluyó un estudio realizado por el Instituto Belisario Domínguez (IBD), del Senado de la República.
En el documento contractual para bienes inmuebles se establece como seguro la Ley sobre el Contrato de Seguros; sin embargo, se advierte que la empresa aseguradora no responderá por daños y pérdidas causadas por terremoto o huracán, salvo estipulación en contrario del contrato, precisa la investigación del IBD.

Ciudad de México. Que la prescripción de los delitos sexuales contra menores de edad sea hasta cinco años después de que las víctimas hayan alcanzado la mayoría de edad, propusieron las senadoras Verónica Martínez y Lisbeth Hernández, del Revolucionario Institucional, ante la creciente impunidad en casos de violación, pederastia, turismo sexual y pornografía.
La actual redacción del artículo 105 del Código penal, referido a ese tipo de hechos delictivos, establece que la acción penal prescribirá en un plazo igual al término medio aritmético de la pena privativa de la libertad, que señala la ley para el delito de que se trate, pero en ningún caso será menor de tres años, hicieron notar.

Ciudad de México. La mayoría que integraron senadores de los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista, Acción Nacional y de la Revolución Democrática aprobó la convocatoria pública que establece las bases para elegir al nuevo titular de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), según la cual será irrelevante que el nuevo funcionario tenga o haya tenido vinculación con partidos políticos.
Con 86 votos a favor, 15 en contra y dos abstenciones, el Pleno del Senado aprobó, en lo general dicha convocatoria cuya modificación fue propuesta por el senador Manuel Cárdenas Fonseca, para eliminar el requisito de que los aspirantes no hubieran desempeñado cargo de dirección o representación nacional, estatal, distrital o municipal en algún partido político, ni haber sido candidato a cargo de elección popular, en los seis años anteriores a la designación.

Ciudad de México. La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que el Congreso expida la ley en materia de gasto en comunicación social no solo es histórica, sino que pone de manifiesto que en México existe un contrapeso y auténtica división de poderes, afirmó hoy la senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo, presidenta de la Junta de Coordinación Política.
“Esta sentencia además de histórica se da en un momento pertinente ante quienes pretenden secuestrar los interesas nacionales a sus intereses particulares”, señaló Herrera Anzaldo.


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